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Todas las solicitudes de acceso a la información pública que hemos tramitado, documentadas con el contexto que necesitas para entender qué nos dijo —o nos ocultó— cada administración.
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¿Qué es Vía Transparencia? Somos dos ciudadanos (y periodistas) que usan la Ley de Transparencia para pedir información a las administraciones, tanto central, como autonómicas y locales. Documentamos cada solicitud y publicamos los las resoluciones y aquello que nos responden -o no-. Todo el material original está disponible para su reutilización bajo CC BY-SA.
Base de datos de resoluciones reales del CTBG y órganos autonómicos. Filtra por consejo, resultado, materia o palabras clave. Cada resolución incluye las posiciones de la administración, el solicitante y el razonamiento del consejo.
Selecciona consejo, resultado, materia — o escribe palabras clave como «silencio», «contratación» o «datos personales». La búsqueda es instantánea sobre la base de datos local.
Error al realizar la búsqueda. Por favor, inténtalo de nuevo.
Genera solicitudes de acceso a información pública o reclamaciones ante los consejos de transparencia con argumentación basada en resoluciones reales del CTBG y órganos autonómicos de garantía.
¿Hay algo que crees que debería ser público y no lo es? Cuéntanos qué quieres saber. Redactaremos la solicitud formal y, si quieres, la tramitamos y publicamos el resultado aquí.
Si tramitamos esta solicitud, ¿podemos publicar los resultados en vía Transparencia?
✓ Propuesta recibida. Te hemos enviado la solicitud a tu correo. Si nos autorizaste a tramitarla, te avisaremos cuando tengamos respuesta de la administración.
Somos dos personas convencidas de que la información pública pertenece a la ciudadanía. Aquí documentamos cómo funciona el sistema y cómo ejercer ese derecho.
Cualquier persona puede pedir información a cualquier administración pública española. Sin necesidad de justificar por qué la quieres. Sin ser periodista. Sin abogado.
Ministerios, comunidades autónomas, ayuntamientos, empresas públicas, universidades...
Presentar una solicitud de acceso a información pública es completamente gratuito. Es un derecho reconocido en la ley, no un servicio de pago.
Describes qué información quieres y a qué organismo se la pides. No tienes que explicar para qué. Puedes hacerlo por correo electrónico, por la sede electrónica del organismo o en persona.
El plazo máximo es de un mes (ampliable a dos si el volumen de información lo justifica). Puede estimarte la solicitud, denegártela total o parcialmente, o no responderte. El silencio equivale a denegación.
Si la respuesta es negativa, no estás de acuerdo con ella o no llega, tienes un mes para presentar una reclamación ante el consejo de transparencia competente: el CTBG (estatal + Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Extremadura, La Rioja, Ceuta y Melilla) o el equivalente autonómico para Andalucía, Aragón, Canarias, Cataluña, Euskadi, Galicia, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana. Es gratuito, no necesitas abogado y tiene fuerza vinculante.
El consejo de transparencia estudia el caso y emite una resolución en un plazo de tres meses. Si da la razón al solicitante, la administración está obligada a entregar la información. Si aun así no lo hace, queda la vía judicial.
Los límites deben aplicarse con "test de daño": solo si el perjuicio al bien protegido supera el interés público.
Cualquier persona física o jurídica, española o extranjera, mayor de edad puede solicitar información. Sin credenciales, sin justificación.
El silencio administrativo equivale a denegación, y puedes reclamar ante el Consejo de Transparencia igual que si te hubieran denegado expresamente (además, ante el silencio administrativo, no tienes el plazo de un mes para presentar la reclamación).
Legalmente sí. Pero casi el 49% de las resoluciones autonómicas favorables al ciudadano no se cumplen. El siguiente paso es la vía judicial, que muy pocos recorren.
Solo información ya elaborada o en posesión del organismo. No puedes pedir que elaboren informes nuevos. Y hay límites legales: seguridad nacional, datos personales, secreto profesional.
El IV Plan de Gobierno Abierto anunció la reforma de la ley en 2022. En 2025, sigue sin aprobarse. Organizaciones como Transparency International España señalan que el CTBG carece de recursos suficientes, que los partidos políticos cumplen menos del 55% de sus obligaciones de publicidad activa y que varias comunidades autónomas han debilitado o eliminado sus agencias antifraude. Además, el CTBG no tiene capacidad sancionadora.
Somos dos personas convencidas de que el acceso a la información pública mejora la democracia. Documentamos resoluciones, analizamos la doctrina de los consejos y ponemos herramientas en manos de cualquiera que quiera ejercer su derecho a saber.
Proyecto independiente, sin financiación externa ni afiliación política. Las solicitudes son gratuitas por ley. El código es abierto. Los datos se publican bajo licencia CC BY-SA 4.0: puedes reutilizarlos citando la fuente.
Donde publicamos todas las resoluciones en tiempo real, con comentarios y contexto. El sitio más activo del proyecto.
También puedes escribirnos directamente desde el canal si tienes alguna pregunta o propuesta.
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